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Previo a tramitar el visado de Reagrupación Familiar para menores, se debe contar con la Patria Potestad, Tenencia o Custodia del menor por parte del padre o madre reagrupante, bajo sentencia de un Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Ecuador. Esta sentencia es requisito indispensable ante el Consulado de España para presentar la solicitud de visado de reagrupación familiar. Sin embargo si se encuentran en España los dos padres de los menores ecuatorianos, ambos deben firmar un ACTA de MANIFESTACIONES ante un Notario español, señalando que están de acuerdo en proceder con la reagrupación Es necesario que los dos padres consten juntos en el empadronamiento |
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| En tanto que algunos juzgados de la Niñez y Adolescencia de Ecuador estàn exigiendo la presentación de una PROCURACIÓN JUDICIAL que no es otra cosa que PODER ESPECIAL otorgado a nombre de un abogado. En tal razón y con la finalidad de facilitar la elaboraciòn de algunos de los documentos requeridos en los tràmites que realizamos para los emigrantes ecuatorianos en España, describimos a continuaciòn el texto de la PROCURACION JUDICIAL. (el texto está adecuado para realizarlo ante un Notario español, solo en lo que respecta a las facultades, ellos pueden adecuar a su estilo incluyendo las formalidades de Ley) |
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