
Toda persona interesada en solicitar visados para ingresar a España, debe tener amplio conocimiento de los requisitos y sobre todo de las condiciones que precisa cumplir a efectos de que su solicitud sea admitida.
El no cumplimiento de las condiciones, puede conllevar a la no admisión de su solicitud o denegación del visado solicitado.
De darse este caso, el afectado, tiene la posibilidad de recurrir a instancias superiores, como el RECURSO DE REPOSICION ante el Cónsul Genral de España en Quito, en el plazo determinado.
De ratificarse la denegación del visado en esta instancia, puede interponerse recurso Contencioso Adminitrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, para lo cual la normativa respectiva concede un plazo de dos meses
VISADO DE SCHENGEN: Utilizado para viajes de turismo, negocios, estancias menores a 90 días
VISADO DE ESTUDIOS:- Este tipo de solicitudes tiene posibilidades de concesión, siempre que el estudiante pretenda asistir a posgrados, los cuales no se impartan en su país de origen
VISADO DE TRABAJO POR CUANTA AJENA: Previamente el solicitante debe tener concedida a su favor la Autorización de Residencia, lo cual es tramitado por el empleador
VISADO DE REAGRUPACION FAMILIAR: Tiene derecho a este tipo de visados, los hijos menores y los cónyuges de ciudadanos extranjeros residentes legales en España. Más aún si el extranjero ha conseguido la nacionalidad española